La Radicación Temporaria en Paraguay para Ciudadanos del Mercosur es la otorgada a los ciudadanos extranjeros oriundos de Argentina, Brasil, Uruguay (Estados Partes), Bolivia, Chile, Perú, Colombia y Ecuador (Estados Asociados), que desean permanecer en el país en calidad de residentes temporarios, de conformidad a lo previsto en las Leyes Nº 3565/08 y 3578/08.
Esta radicación es otorgada mediante la implementación –a partir del 2009– del “Acuerdo sobre Residencia para los Nacionales de los Estados Partes del Merosur” y del “Acuerdo sobre Residencia para los Nacionales de los Estados Partes del Mercosur, Bolivia y Chile”, instrumentos que facilitan la libre circulación de personas entre los países del bloque regional, concediendo a sus ciudadanos el derecho a obtener la residencia legal en el territorio de otro Estado Parte. Actualmente se encuentran en vigencia para Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Bolivia, Chile, Perú, Colombia y Ecuador.
El período de residencia temporaria por Acuerdo Mercosur es de dos años, pudiendo ser renovable por dos años más.